En representación de la Empresa o Firma Personal
Normativa Legal Providencia N° 71 Art. 44 - SENIAT Los emisores deberán solicitar por escrito, a las imprentas autorizadas la elaboración de formatos y formas libres, indicando el número de control inicial y el final, así como el número de documento inicial y el final en caso de requerir formatos. La numeración de control es consecutiva y única para cada emisor y está conformada por dos (2) campos, un identificador de dos (2) dígitos y un secuencial numérico de hasta ocho (8) dígitos.
Solicito ante Ud(s) la impresión de el o los siguiente(s) documento(s) según normas establecidas por el SENIAT.
Declaro que los datos y documentos aportados son ciertos.
Procesando datos...